º El presente Decreto rige a partir de su publicación, modifica el artículo 14 del Decreto 07 de 1980 y las demás disposiciones que le sean contrarias. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 8 de noviembre de 1991. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Francisco Posada De La Peña. El Ministro de Salud, Camilo Gonzalez Posso.
Decreto 2529 de 1991 →Vigente
Artículo 2
El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación, Modifica El Artículo 14 Del Decreto 07 De 1980 Y Las Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias
Decreto 2529 de 1991 · por el cual se modifica el artículo 14 del Decreto 007 de 1980.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.