Micelio

Artículo 280

En Casos De Afecciones Del Corazón, Por: A) Pericarditis: 1

Decreto 2278 de 1982 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Titulo V de la Ley 09 de 1979 en cuanto al sacrificio de animales de abasto público o para consumo humano, y el procesamiento, transporte y comercialización de su carne

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En casos de afecciones del corazón, por: a) Pericarditis

1.

Casos agudos de pericarditis infecciosa exudativa, síntomas de septicemia y de pericarditis traumática bovina con fiebre, abundante acumulación de exudado, trastornos circulatorios, cambios degenerativos en los órganos u olores anormales, se hará el decomiso total de la canal y las vísceras;

2.

Pericarditis sub-aguda infecciosa y exudativa, se permite la aprobación condicional para tratamiento por calor de la canal y las vísceras y el decomiso parcial de las partes y órganos afectados;

3.

Pericarditis traumática bovina crónica, se permite la aprobación de la canal y las vísceras y el decomiso parcial de las partes y órganos afectados. b) Endocarditis ulcerosa y verrugosa: 1. Cuando se presente sin complicaciones, se aprueba condicionalmente para tratamiento por calor de la canal y las vísceras; y se decomisan parcialmente los órganos afectados; 2. Si está completamente cicatrizada se permite la aprobación de la canal y las vísceras y el decomiso parcial de los órganos afectados; y 3. Endocarditis verrugosa con trastornos circulatorios en los pulmones o el hígado, infiltración reciente, debilidad general u otras complicaciones, imponen el decomiso total de la canal y las vísceras. c) Malformación cardiaca: Cuando no es de carácter infeccioso se permite la aprobación de la canal y las vísceras y se hará el decomiso parcial de los órganos afectados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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