Micelio

Artículo 67

Queda Prohibido Al Oficial De Sanidad Practicar Examen De Aptitud Física Fuera Del Lugar Y De La Hora Fijada Para Tal Efecto, A Excepción De Aquellos Casos En Que El Conscripto O Su Fiador Notifique A Las Autoridades De La Imposibilidad Física Para Presentarse, Situación En La Cual El Médico Oficial Podrá Trasladarse Con El Comandante Del Distrito Y Un Miembro De La Junta De Alojamiento Del Interesado, Siempre Que Se Encuentre Cerca Del Perímetro Urbano

Decreto 2200 de 1946 · Por el cual se reglamenta la Ley 1ª de 1945, sobre servicio militar obligatorio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Queda prohibido al Oficial de Sanidad practicar examen de aptitud física fuera del lugar y de la hora fijada para tal efecto, a excepción de aquellos casos en que el conscripto o su fiador notifique a las autoridades de la imposibilidad física para presentarse, situación en la cual el Médico Oficial podrá trasladarse con el Comandante del Distrito y un miembro de la Junta de alojamiento del interesado, siempre que se encuentre cerca del perímetro urbano. Si esto no es posible se podrán dar dos certificados expedidos por médicos suficientemente conocidos en la región.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2200 de 1946