Micelio

Artículo 2.4.3.2.3

Funciones Del Consejo Directivo

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones del Consejo Directivo . Son funciones de los Consejos Directivos

1.

Seleccionar y designar al Gerente del CPGA y fijarle su remuneración.

2.

Hacer parte de los procesos de planificación territorial para el desarrollo rural.

3.

Establecer mecanismos de coordinación entre las asociaciones formales e informales de productores, actores de los encadenamientos productivos, asociaciones de municipios, entidades prestadoras de servicios de asistencia técnica, entidades nacionales y departamentales vinculadas al desarrollo rural, universidades, fondos parafiscales.

4.

Aprobar el modelo de gestión del CPGA y el perfil de los profesionales que conformarán la Unidad de Gestión y de Administración.

5.

De forma conjunta con la Gerencia, seleccionará y contratará bajo un sistema concursal, las Entidades Prestadoras del Servicio de Asistencia Técnica Agroempresarial, debidamente acreditadas por las Secretarías de Agricultura, encargadas de prestar el servicio de asistencia técnica, a partir de las demandas identificadas en los Planes Generales de Asistencia Técnica.

6.

Certificar las iniciativas de inversión de manera que puedan ser atendidas de manera prioritaria por parte de los instrumentos e incentivos ofrecidos por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y sus entidades adscritas y vinculadas.

7.

Aprobar el presupuesto de gastos e inversión del CPGA.

8.

Las demás que se le asignen en la reglamentación del presente título. (Decreto número 2980 de 2004, artículo 8°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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