Micelio

Artículo 3

Ley 44 de 1913 · sobre administración y fomento de la Intendencia Nacional del Chocó

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Créase un Segundo Juzgado en cada uno de los Circuitos Judiciales de Istmina y Quibdó, con el mismo personal de los existentes.

Parágrafo

Los empleados de los Juzgados de Circuito de Quibdó e Istmina tendrán los siguientes sueldos:

El Juez, $ 130 mensuales.

El Secretario, $ 80 mensuales.

Cada Escribiente, $40 mensuales.

Carda Portero, $ 20 mensuales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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