Micelio

Artículo 3

La Partida Apropiada En El Presupuesto Vigente Para El Hotel De Turismo De Florencia, Y Las Que Se Apropien En Vigencias Posteriores Para El Mismo Objeto, Se Entregarán Al Tesorero De Rentas De La Comisaria Del Caquetá, Quien Deberá Otorgar Fianza, Aprobada Por La Contraloría General De La República, En Garantía Del Manejo De Los Fondos Nacionales, Y Rendir Cuentas De Su Inversión De Acuerdo Con Los Reglamentos Fiscales Vigentes Sobre El Particular O De Los Que Para Este Caso Dicte Especialmente El Expresado Departamento Administrativo

Decreto 2167 de 1947 · por el cual se delega en la Comisaría Especial del Caquetá la inversión del aporte nacional para la construcción del hotel de turismo de Florencia.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La partida apropiada en el Presupuesto vigente para el hotel de turismo de Florencia, y las que se apropien en vigencias posteriores para el mismo objeto, se entregarán al Tesorero de Rentas de la Comisaria del Caquetá, quien deberá otorgar fianza, aprobada por la Contraloría General de la República, en garantía del manejo de los fondos nacionales, y rendir cuentas de su inversión de acuerdo con los reglamentos fiscales vigentes sobre el particular o de los que para este caso dicte especialmente el expresado Departamento Administrativo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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