Artículo segundo. Hácense los siguientes nombramientos en la Zona de Carreteras Nacionales de Pasto
Almacenista General, dependiente del Almacén, al señor Fernando David Villota, en reemplazo de Federico Arteaga, cuyo nombramiento se declara insubsistente, y
Cajero-Auxiliar, dependiente de la Caja, al señor Julio P., Córdoba.
Los señores nombrados por el presente artículo deben constituir previamente la fianza que les señale la Contraloria General de la República.