Micelio

Artículo 3

Decreto 3391 de 2006 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 975 de 2005.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Acciones tendientes a prevenir la realización de actividades ilícitas por los desmovilizados de los grupos armados organizados al margen de la ley . Con el fin de prevenir la repetición de actividades delictivas por parte de los desmovilizados, el Gobierno Nacional adoptará acciones tendientes a constatar que las conductas de los desmovilizados reinsertados se ajustan a la ley. Para tal efecto la Policía Nacional implementará los planes operativos necesarios para realizar el monitoreo y seguimiento de la actividad de los reinsertados, formulados en coordinación con la dirección del Programa de Reinserción, en cuya ejecución deberán colaborar activamente las autoridades del orden territorial. Lo anterior, sin perjuicio de la competencia de las demás instancias estatales en lo referente a la evaluación del cumplimiento de los requisitos de elegibilidad por parte de los desmovilizados a quienes se aplique la Ley 975 de 2005.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3391 de 2006