Micelio

Artículo 39

Ley 190 de 1995 · por la cual se dictan normas tendientes a preservar la moralidad en la administración pública y se fijan disposiciones con el objeto de erradicar la corrupción administrativa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El régimen previsto para las instituciones sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria, a que se hace referencia en los artículos 102 a 107 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (Decreto 663 de 1993), se aplicará a las personas sometidas a inspección, vigilancia o control de la Superintendencia de Valores.

Parágrafo

primero. Dentro de los tres (3) meses siguientes a la vigencia de la presente Ley las personas mencionadas en este artículo establecerán los mecanismos de control y los procedimientos específicos indicados en el artículo 102 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (Decreto 663 de 1993).

Parágrafo

segundo. El control del cumplimiento de las obligaciones impuestas por la presente disposición se realizará por la respectiva entidad que ejerza vigilancia sobre la persona obligada.

III. RÉGIMEN FINANCIERO

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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