Aclárase el artículo 1º de la Ley 37 de 1929 , así:
Se entiende por la palabra salones para los efectos del cobro de la contribución denominada "fondos de ciegos" los siguientes: salones de bailes públicos, clubs y galleras.
Ley 143 de 1938 · por la cual se impulsa la educación de ciegos y sordomudos del país y se dictan otras disposiciones
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Aclárase el artículo 1º de la Ley 37 de 1929 , así:
Se entiende por la palabra salones para los efectos del cobro de la contribución denominada "fondos de ciegos" los siguientes: salones de bailes públicos, clubs y galleras.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.