º El alza prevista en el presente Decreto empezará a regir a partir del primero (1º) de enero de mil novecientos sesenta y dos (1962), Comuníquese,
Decreto 2834 de 1961 →Vigente
Artículo 2
El Alza Prevista En El Presente Decreto Empezará A Regir A Partir Del Primero (1º) De Enero De Mil Novecientos Sesenta Y Dos (1962), Comuníquese, Publíquese Y Cúmplase, Dado En Bogotá, D
Decreto 2834 de 1961 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 1 de fecha 3 de noviembre de 1961, del Consejo Nacional de Salarios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.