Micelio

Artículo 6

Iniciativa

Decreto 4735 de 2009 · por medio del cual se reglamenta el trámite de solicitud de concesiones para el desarrollo de actividades portuarias, previstas en la Ley 1ª de 1991 y en la Ley 1242 de 2008.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Iniciativa. El trámite administrativo para el otorgamiento de concesiones portuarias, embarcaderos, autorizaciones temporales y homologaciones, podrá iniciarse: 6.1 A solicitud de quienes ejerciten el derecho de petición en interés particular. 6.2 Oficiosamente, por las entidades competentes. 6.3 Por quienes estén interesados en construir, administrar, mantener, rehabilitar y operar los embarcaderos de que trata el numeral 4 del artículo 5° de la Ley 1 ª de 1991. 6.4 Por quienes estén interesados en obtener una autorización temporal. 6.5 Por quienes deban adelantar el trámite de homologación previsto en el artículo 64 de la Ley 1242 de 2008.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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