Micelio

Artículo 41

Decreto 2853 de 2006 · por el cual se suprime la Administración Postal Nacional, Adpostal, y se ordena su liquidación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Transitorio . La Administración Postal Nacional, Adpostal, en liquidación deberá garantizar la continuidad y cumplimiento de los contratos que se precisen para la prestación del Servicio Postal hasta que sean subrogados a la entidad que para efectos de la continuidad en la prestación del servicio determine el Ministerio de Comunicaciones. De igual manera, la Administración Postal Nacional, Adpostal, en Liquidación, continuará ejecutando las apropiaciones de la vigencia fiscal de 2006, comprometidas por parte de la Administración Postal Nacional, Adpostal, antes de la expedición del presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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