El Presupuesto De Gastos De La Estación Agronómica Tropical Para La Vigencia Económica Comprendida Entre El 1° De Marzo De 1918 Y El 28 De Febrero De 1919, Será Por La Cantidad Apropiada En El Presupuesto General De Gastos De La Nación, En El Artículo 570, Parágrafo 2° Del Capítulo 61 O Sea Por La Cantidad De $ 57,800
Decreto 649 de 1918 · Por el cual se determina el Presupuesto especial de gastos de la Estación Agronómica Tropical Juan de Dios Carrasquilla
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El texto del artículo
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° El Presupuesto de gastos de la Estación Agronómica Tropical para la vigencia económica comprendida entre el 1° de marzo de 1918 y el 28 de febrero de 1919, será por la Cantidad apropiada en el Presupuesto general de gastos de la Nación, en el artículo 570,
Parágrafo 2
del capítulo 61 o sea por la cantidad de $ 57,800.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.