º . El valor de la recompensa se imputará al presupuesto de gastos del Departamento Administrativo de Seguridad, para lo cual, se abrirá una cuenta especial cuyo manejo será absolutamente reservado. El Gobierno queda autorizado para realizar todas las operaciones presupuestales necesarias. El ordenador del gasto para los efectos anotados será el Jefe del Departamento Administrativo de Seguridad, quien no podrá delegar esta facultad, y deberá rendir informe periódico al Contralor General de la República sobre la cuantía y oportunidad de las recompensas pagadas; solamente el Contralor General de la República auditará el manejo de la cuenta especial cuyos ingresos también podrán estar constituidos por donaciones.
Decreto 3673 de 1986 →Vigente
Artículo 7
º
Decreto 3673 de 1986 · Por el cual se dictan medidas tendientes a combatir la impunidad
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.