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Artículo 10

Comité Intersectorial Para La Red Regional De Infraestructura De Transporte (Cirit)

Decreto 2249 de 2023 · Por el cual se modifica el Decreto número 2163 de 2018, “Por el cual se crea una Comisión Intersectorial para los proyectos de infraestructura de transporte”, se crean unos Comités Intersectoriales de apoyo a la Comisión Intersectorial para los proyectos de Infraestructura de Transporte y se modific

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Comité Intersectorial para la Red Regional de Infraestructura de Transporte (CIRIT). Créase el Comité Intersectorial para la Red Regional de Infraestructura de Transporte (CIRIT) que tendrá como objetivo la coordinación de aspectos técnicos de proyectos, estudios e iniciativas de infraestructura de transporte que fortalezcan la integración regional.

El Comité Intersectorial para la Red Regional de Infraestructura de Transporte (CI­RIT) tendrá las siguientes funciones:

1.

Coordinar la ejecución eficiente y prioritaria de los proyectos de infraestructura de transporte para la integración regional, bajo la metodología de priorización consignada en el Plan Nacional de Vías para la Integración Regional (PNVIR) dispuesto en la Resolución número 3260 de 2018 del Ministerio de Transporte, o las normas que la modifiquen.

2.

Hacer seguimiento a la implementación de las acciones necesarias para el cum­plimiento de los objetivos, el plan de acción y las acciones específicas contenidas en el documento Conpes 3857 de 2016 “Lineamientos de política para la gestión de la red terciaria”.

3.

Formular recomendaciones a la Comisión Intersectorial de Infraestructura de Transporte que permitan la articulación de las entidades del sector respecto a políticas, normas técnicas, planes, programas y proyectos de infraestructura de transporte para las vías que permiten la integración regional.

4.

Recomendar a la Comisión Intersectorial de Infraestructura de Transporte el apo­yo técnico y tecnológico requerido a las entidades del sector en la implementa­ción de programas y planes de gobierno para el mejoramiento, mantenimiento y/o rehabilitación de la red de infraestructura de transporte para la integración regional del país.

5.

Formular recomendaciones a la Comisión Intersectorial de Infraestructura de Transporte para promover la divulgación y publicación de información sobre la red de infraestructura de transporte para la integración regional (Comunidad Vir­tual), así como los mecanismos de participación ciudadana de las comunidades de las zonas a que sirve la red.

6.

Presentar a la Comisión Intersectorial de Infraestructura de Transporte las pro­puestas para la financiación de los proyectos de infraestructura de transporte para la integración regional.

7.

Expedir su propio reglamento.

8.

Las demás que le correspondan por su naturaleza y para dar cumplimiento al objeto con el que fue creado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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