Micelio

Artículo 26

Sin Excepción Alguna, Los Usuarios O Suscriptores Pertenecientes A Un Mismo Estrato Socio-Económico O A La Misma Categoría, Tendrán Igual Tratamiento Tarifario

Decreto 394 de 1987 · por el cual se reglamentan los Decretos-leyes 3069 de 1968 y 149 de 1976 y se establece una estructura nacional de tarifas para los servicios de acueducto y alcantarillado.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sin excepción alguna, los usuarios o suscriptores pertenecientes a un mismo estrato socio-económico o a la misma categoría, tendrán igual tratamiento tarifario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 394 de 1987