° Todas las mercancías y los locales que se encuentren dentro del perímetro ele la Zona deben estarán asegurados contra incendio por los dueños o consignatarios de las primeras y los ocupantes de los segundos. En el caso de que tanto unos como otros no presenten la póliza de seguro contra incendió o satisfacción de la Gerencia, ésta asegurará las mercancías y locales por cuenta de los dueños, formulándoseles las cuentas respectivas, las que deberán pagar a su presentación. Para fijar el monto del seguro se tomará como base el valor manifestado en las facturas para las mercancías, y para los locales el avalúo que se haga de común acuerdo. Queda a juicio de la Gerencia la aceptación de la póliza de seguro que se presente. La Gerencia de la Zona no será responsable de la Falta de cumplimiento de las obligaciones contraídas por las compañías aseguradoras. Queda prohibido fumar en los lugares en donde esté depositada carga o se haga algún movimiento con ésta. Los arrendatarios y demás ocupantes de locales en la Zona, cuidarán, bajo su responsabilidad, que dentro de sus edificios o depósitos se cumpla con ésta prescripción. Queda Igualmente prohibido encender fuego, le efectuar trabajos de soldaduras de latas o envases que contengan materias inflamables o peligrosas, y en general, cualquier clase de soldadura, sin previo aviso a la Gerencia, a fundé que ésta dicte en cada caso las medidas necesarias para evitar peligro de incendio.
Decreto 1406 de 1973 →Vigente
Artículo 7
Todas Las Mercancías Y Los Locales Que Se Encuentren Dentro Del Perímetro Ele La Zona Deben Estarán Asegurados Contra Incendio Por Los Dueños O Consignatarios De Las Primeras Y Los Ocupantes De Los Segundos
Decreto 1406 de 1973 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Francas, Industrial y Comercial de Buenaventura
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.