Micelio

Artículo 4

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente, Así: Ministerio De Educación Nacional Del Capítulo 57, Artículo 326

Decreto 140 de 1939 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente, así: Ministerio de Educación Nacional Del Capítulo 57, artículo 326. Para sueldos de maestros ambulantes $50.000.00 Del Capítulo 62, artículo 417. Para sueldos de 18 Inspectores Nacionales de educación primaria, a $ 210.00 mensuales cada uno 5.640.00 Del Capítulo 64, artículo 456. Para sueldos del personal del Teatro de Colón 2.220.00 Al Capítulo 55, artículo 316. Para sueldos del personal del Ministerio, en el año 48.500.00 Al Capítulo 62, artículo 418. Para viáticos de los Inspectores Nacionales de educación primaria, a razón de $ 3.00 diarios cada uno 9.360.00 Sumas iguales $57.860.00 57.860.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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