Micelio

Artículo 19

Decreto 875 de 2005 · por el cual se reglamenta el parágrafo del artículo 36 de la Ley 845 de 2003.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Distribución de la muestra . Una vez efectuada la toma de muestra, el responsable del proceso, o el mismo atleta, repartirá la muestra obtenida entre los dos frascos, vertiendo en el frasco muestra "A" un mínimo de 50 mililitros de la orina, y en frasco muestra "B", 25 mililitros como mínimo. Deberá quedar en el recipiente una cantidad de orina residual que permita medir el pH y la densidad. Al concluir esta operación, se deberá comprobar el hermetismo de los frascos. El proceso señalado en el presente artículo deberá efectuarse en presencia del responsable de la toma de muestra, el atleta y su acompañante si está presente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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