" Artículo 5° Copla auténtica do los Inventarios dichos con sus especificaciones, planos y títulos, se mantendrá en un archivo especial bajo la inmediata responsabilidad del Secretario da Hacienda, para conservarse allí con los demás documentos y relaciones Conducentes debidamente coleccionados.
Decreto 1574 de 1924 →Vigente
Artículo 5
Copla Auténtica Do Los Inventarios Dichos Con Sus Especificaciones, Planos Y Títulos, Se Mantendrá En Un Archivo Especial Bajo La Inmediata Responsabilidad Del Secretario Da Hacienda, Para Conservarse Allí Con Los Demás Documentos Y Relaciones Conducentes Debidamente Coleccionados
Decreto 1574 de 1924 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 6, dictado por la Intendencia Nacional del Chocó
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.