Micelio

Artículo 3

º

Decreto 73 de 1983 · Por el cual se dictan medidas sobre la Cuenta Especial de cambios y se crean los Fondos de Inversiones Públicas y de Estabilización Cambiaria

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Constituyen egresos de la Cuenta Especial de Cambios, los siguientes

a)

Los derivados de las operaciones de compra y venta de divisas, calculados de acuerdo con la metodología que establezca la Junta Monetaria.

b)

El monto del diferencial cambiario derivado del manejo de recursos financieros externos por parte del Banco de la República.

c)

Los gastos por concepto de manejo de las reservas internacionales y, en general, aquellos que sean resultado de operaciones de cambio exterior por parte del Banco de la República.

d)

La remuneración que se contrate con el Banco de la República por concepto de administración de la Junta Especial de Cambios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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