Micelio

Artículo 13

Decreto 2733 de 1959 · Por el cual se reglamenta el derecho de petición, y se dictan normas sobre procedimientos administrativos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo decimotercero. Salvo disposición especial en contrario, por la vía gubernativa procedente los siguientes recursos en los asuntos administrativos de carácter nacional

1.

El de reposición, ante el mismo funcionario administrativo que pronunció la providencia, para que se aclare, modifique o revoque.

2.

El de apelación, ante el inmediato superior, con el mismo objeto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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