Micelio

Artículo 27

Las Actas De Junta Médico-Laboral Y Consejo Técnico Médico-Laboral, Debidamente Diligenciadas, Se Tramitarán A La Respectiva Dirección De Sanidad Para Que Sean Distribuidas En La Siguiente Forma: A

Decreto 3049 de 1981 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto número 1836 de 1979, que determina las normas relativas a la capacidad sicofísica, las incapacidades, invalideces e indemnizaciones del personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, Soldados, Grumetes, Agentes, Alumnos de las Escuelas de Formación y Personal Civil del Ministerio Defensa y de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las Actas de Junta Médico-Laboral y Consejo Técnico Médico-Laboral, debidamente diligenciadas, se tramitarán a la respectiva Dirección de Sanidad para que sean distribuidas en la siguiente forma

a)

Original y dos (2) copias para la Jefatura .de Personal y Prestaciones Sociales de las respectivas Fuerzas y de la Policía Nacional.

b)

Una (1) copia: para el archivo de la Junta Médico-Laboral o del Consejo Técnico Médico-Laboral de la respectiva Dirección de Sanidad.

c)

Una (1) copia para la Unidad donde se efectuó la Junta Médica.

d)

Una (1) copia para el interesado.

Parágrafo 1

En desarrollo del

Parágrafo

del artículo 7° del Decreto-ley 1836 de 1979, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional propondrán el Reglamento de Funcionamiento de las Juntas Médico Científicas, Juntas Médico-Laborales y Consejo-Técnico Médico-Laboral para la aprobación del Ministerio de Defensa Nacional.

Parágrafo 2

Las actas de Junta Médico Laboral y Consejo Técnico Médico-Laboral Militar o de Policía deberán contener los siguientes puntos

a)

Autorización de la Dirección de Sanidad.

b)

Identificación.

c)

Antecedentes.

d)

Concepto del especialista.

e)

Conclusiones.

f)

Decisiones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3049 de 1981