Micelio

Artículo 238

El Dinero Que Corresponda A Los Detenidos Por Su Trabajo, Se Mantendrá En La Caja De La Cárcel Y Se Les Entregara Al Ser Puestos En Liberta

Decreto 1817 de 1964 · Por el cual se reforma y adiciona el Decreto-ley 1405 de 1934 (Código Carcelario), y se dictan otras disposiciones

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El dinero que corresponda a los detenidos por su trabajo, se mantendrá en la caja de la cárcel y se les entregara al ser puestos en liberta. Durante la detención se les permitiera invertir el que necesiten para fines lícitos a juicio del Director.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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