°. Modifícase el literal d) del artículo 29 del Decreto 416 de 2007, el cual quedará así: d) La entidad se someterá a condiciones especiales de control y vigilancia en especial con la administración y giro de los recursos, remisión mensual de informes discriminados y debidamente soportados en materia de ingresos y ejecución de los recursos de regalías y compensaciones. La aprobación del plan se hará mediante acto motivado proferido por el Director de Regalías. En caso de incumplimiento de cualquiera de los compromisos incluidos en el plan de desempeño, el Director de Regalías restablecerá inmediatamente la orden de suspensión de giros.
Artículo 2
Modifícase El Literal D) Del Artículo 29 Del Decreto 416 De 2007, El Cual Quedará Así: D) La Entidad Se Someterá A Condiciones Especiales De Control Y Vigilancia En Especial Con La Administración Y Giro De Los Recursos, Remisión Mensual De Informes Discriminados Y Debidamente Soportados En Materia De Ingresos Y Ejecución De Los Recursos De Regalías Y Compensaciones
Decreto 4192 de 2007 · por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 141 de 1994, la Ley 756 de 2002 y la Ley 781 de 2002 y se dictan otras disposiciones.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.