Micelio

Artículo 22

Comisionado De Derechos Humanos Para La Policía Nacional

Decreto 113 de 2022 · Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Comisionado de Derechos Humanos para la Policía Nacional. Es la dependencia de la Dirección General de la Policía Nacional encargada de liderar la Política de Promoción, Respeto, Garantía y Protección de los derechos humanos, de acuerdo con las políticas del Gobierno nacional y en cumplimiento de los mandatos constitucionales, legales, convenios y tratados internacionales en materia de derechos humanos y derecho internacional humanitario ratificados por el Estado colombiano. El Comisionado de Derechos Humanos para la Policía Nacional cumplirá las siguientes funciones: Supervisar el cumplimiento de las medidas y recomendaciones que en materia de derechos humanos y el derecho internacional humanitario asuma el Estado y que sean responsabilidad de la Policía Nacional. Direccionar el desarrollo de programas de promoción, protección y difusión de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario en las unidades policiales, con el propósito de fomentar la cultura permanente de protección y garantía de los mismos. Desarrollar la doctrina y los lineamientos institucionales en materia de derechos humanos y el derecho internacional humanitario, para el ejercicio y ejecución del servicio de policía. Presentar, ante las instancias del Gobierno nacional, las acciones institucionales desarrolladas en cumplimiento de las medidas cautelares y provisionales dispuestas en el marco del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Gerenciar el desarrollo de actividades de interlocución con entidades gubernamentales y no gubernamentales nacionales e internacionales, para fortalecer la defensa de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario. Liderar y supervisar los mecanismos de atención de las poblaciones que se en­cuentran en situación de vulnerabilidad frente a los riesgos de afectación a sus derechos y libertades individuales y colectivas. Coordinar con la Dirección de Educación Policial o la dependencia que haga sus veces, estrategias de promoción, difusión y cooperación que permitan la apropiación de acciones desde los procesos de formación, capacitación y entrenamiento para la protección de los derechos humanos. Representar a la Policía Nacional, cuando el Director General lo delegue en co­mités, comisiones, mesas técnicas del sector defensa y demás instancias gubernamentales en las que se definan responsabilidades para la Institución, en materia de protección de derechos humanos y el derecho internacional humanitario. Generar estudios y desarrollar investigaciones en materia de derechos humanos, uso de la fuerza, enfoque de género, entre otras, con entidades y organizaciones nacionales o internacionales que impulsen la promoción de los derechos humanos, para fortalecer el servicio de policía. Presentar anualmente informes para la rendición de cuentas, frente a las actuaciones institucionales realizadas en garantía de los derechos humanos. Asesorar los cursos de acción frente al desarrollo de la Política Gubernamental y Sectorial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario en las unidades de la Policía Nacional, orientando su aplicación conforme a las directrices institucionales. Asesorar y articular la implementación de las líneas de acción emanadas por el Gobierno nacional sobre enfoque de género, conforme a las competencias y responsabilidades otorgadas a la Policía Nacional de acuerdo con la normatividad legal vigente. Asesorar a la Dirección General de la Policía Nacional en la atención de requerimientos incoados por los sistemas internacionales de protección de derechos humanos. Asesorar a los comandantes de región, metropolitanas y departamentos de policía frente a la interlocución y coordinación que se debe generar con las instancias regionales o locales en temas relacionados con la protección de los derechos humanos. Gestionar alianzas, convenios y otros mecanismos de cooperación y apoyo con entidades e instituciones públicas y privadas, organismos nacionales e internacionales que permitan fortalecer el desarrollo cognitivo de los integrantes de la Policía Nacional y las capacidades institucionales para la promoción, protección y respeto de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario. Presentar documentos institucionales en temáticas relacionadas con los fenómenos sociales en el marco del servicio de policía y la actuación policial en materia de derechos humanos, para orientar la toma de decisiones por parte del mando institucional o el Gobierno nacional. Promover la gestión del conocimiento en el marco de los parámetros establecidos por el Estado. Realizar análisis, asesorías, emitir conceptos, hacer seguimiento y evaluación de los informes que se emitan a nivel nacional e internacional sobre las situaciones de derechos humanos en las que esté inmersa la Policía Nacional. Administrar los sistemas de información de derechos humanos como base para realizar análisis que permitan la toma de decisiones. Implementar las políticas adoptadas por la Policía Nacional y verificar su adecuado desarrollo y cumplimiento. Implementar los sistemas de gestión que adopte la Policía Nacional y la mejora continua e innovación en los procesos que lo requieran. Realizar las actividades establecidas en la gestión documental de acuerdo con la normatividad vigente. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, los reglamentos o la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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