Micelio

Artículo 1

º A Partir Del 1º De Enero De 1985, Fíjase El Valor Del Punto Para El Personal Docente De La Universidad Nacional De Colombia En Cuatrocientos Veintidós Pesos ($ 422) Moneda Corriente

Decreto 136 de 1985 · por el cual se fija el valor del punto para el personal docente de la Universidad Nacional de Colombia y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º A partir del 1º de enero de 1985, fíjase el valor del punto para el personal docente de la Universidad Nacional de Colombia en cuatrocientos veintidós pesos ($ 422) moneda corriente.

Parágrafo

Para los docentes de dedicación exclusiva se mantiene el incremento del veinte por ciento (20%) en el valor del punto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 136 de 1985