Micelio

Artículo 3

Ley 70 de 1946 · Por la cual se organiza, fomenta y desarrolla el turismo nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno podrá aumentar el personal del Departamento Nacional de Turismo de acuerdo con las necesidades de esta dependencia y las apropiaciones presupuestales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 70 de 1946