º. Corresponde a las Administraciones Principales de Hacienda Nacional en los Departamentos, Intendencias y Comisarias Especiales atender directamente o por delegación a las respectivas Recaudaciones de Circulo y Municipales de Hacienda Nacional, al pago de los gastos por arrendamiento de locales y material del Ministerio Público y Poder Judicial, dentro de las partidas que correspondan a los contratos legalmente celebrados, o que el Ministerio de Gobierno por medio de resoluciones asigne a cada oficina al hacer la distribución de la partida global apropiada en el artículo 37 del capítulo 17 del Presupuesto vigente.
Artículo 1
Corresponde A Las Administraciones Principales De Hacienda Nacional En Los Departamentos, Intendencias Y Comisarias Especiales Atender Directamente O Por Delegación A Las Respectivas Recaudaciones De Circulo Y Municipales De Hacienda Nacional, Al Pago De Los Gastos Por Arrendamiento De Locales Y Material Del Ministerio Público Y Poder Judicial, Dentro De Las Partidas Que Correspondan A Los Contratos Legalmente Celebrados, O Que El Ministerio De Gobierno Por Medio De Resoluciones Asigne A Cada Oficina Al Hacer La Distribución De La Partida Global Apropiada En El Artículo 37 Del Capítulo 17 Del Presupuesto Vigente
Decreto 484 de 1934 · Por el cual se reglamenta la manera de atender al pago de algunos servicios
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.