Micelio

Artículo 178

Espionaje

Decreto 2550 de 1988 · Por el cual se expide el nuevo Código Penal Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ESPIONAJE. El que indebidamente obtenga, emplee o revele secreto político, económico, militar o policial, o no entregue documentos pertenecientes al enemigo relacionados con la seguridad del Estado, incurrirá en prisión de tres (3) a doce (12) años.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2550 de 1988