°. Establézcase un término adicional improrrogable de cuatro (4) meses, contados a partir del vencimiento del plazo establecido por el artículo 2° del Decreto 2806 del 20 de noviembre de 1997, para efectuar las adecuaciones y vinculaciones en la nueva planta de personal del Ministerio de Cultura, de los funcionarios de la planta de personal de la Subdirección de Monumentos Nacionales del Instituto Nacional de Vías.
Artículo 2
Establézcase Un Término Adicional Improrrogable De Cuatro (4) Meses, Contados A Partir Del Vencimiento Del Plazo Establecido Por El Artículo 2° Del Decreto 2806 Del 20 De Noviembre De 1997, Para Efectuar Las Adecuaciones Y Vinculaciones En La Nueva Planta De Personal Del Ministerio De Cultura, De Los Funcionarios De La Planta De Personal De La Subdirección De Monumentos Nacionales Del Instituto Nacional De Vías
Decreto 367 de 1998 · por el cual se establecen unos términos adicionales y se dictan unas disposiciones para realizar el proceso de fusión de la Subdirección de Monumentos Nacionales del Instituto Nacional de Vías al Ministerio de Cultura”.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.