Micelio

Artículo 3

Decreto 976 de 2026 · Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 en lo relacionado con el régimen prudencial de las cooperativas de ahorro y crédito y las cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito de categoría plena e intermedia, el fondo de liquidez de las cooperativas de ahorro y crédito y las cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito de categoría plena y el comité interno de administración del riesgo de liquidez

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adiciónese el parágrafo 6 al artículo 2.11.13.1.2. del Decreto 1068 de 2015, el cual quedará así:

"Parágrafo 6. Una cooperativa de ahorro y crédito o multiactiva e integral con sección de ahorro y crédito de categoría básica e intermedia podrá solicitar su reclasificación a la categoría intermedia o plena, respectivamente, si cumple con los requisitos contenidos en el Capítulo II del Título 10 de la Parte 11 del Libro 2 del presente Decreto.

La reclasificación voluntaria por cumplimiento de dichos requisitos se realizará mediante un proceso de autorización individual de acceso a la categoría intermedia o plena, según corresponda . La solicitud de reclasificación se efectuará presentando ante la Superintendencia de la Economía Solidaria un plan de acceso y modificación a la categoría a la cual se aspire, de acuerdo con las instrucciones de carácter general que esta Superintendencia imparta.".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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