Micelio

Artículo 1

Decreto 337 de 1953 · Por el cual se reorganiza el Departamento Nacional de Aeronáutica Civil dependiente del Ministerio de Obras Publicas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. A partir de la fecha del presente Decreto, el Departamento Nacional de Aeronáutica Civil, dependiente del Ministerio de Obras Publicas, tendrá el personal y asignaciones que a continuación se expresa: Dirección Director General $ 1.200.00 Mecanotaquígrafa Bibliotecaria 300.00 Chofer 240.00 Secretaria Secretario Asesor Jurídico 1.000.00 Mecanotaquígrafo Traductor 400.00

a)

Administración: Oficial de Administración 500.00 Mecanógrafa 280.00

b)

Registro Aeronáutico: Jefe de Registro Aeronáutico 350.00

c)

Recibo y Entrega de Licencias: Adjunto de Licencias 280.00

d)

Vuelos Internacionales: Encargado de Vuelos Internacionales 400.00

e)

Archivo y Estadística: Jefe de Archivo General 350.00 Adjunto de Estadística General 300.00 Ayudante de Archivo 280.00 Mecanotaquígrafa 280.00 Cartero 200.00 Cartero 200.00 Sección de Técnica y de Inspección Jefe de Control Técnico y de Inspección 1.000.00 Inspector General 1.000.00 Mecanotaquígrafa 280.00 a) Aeronaves: Inspector de Aeronaves 900.00 Inspector de Radio 500.00 Inspector de Aeródromo de Soledad 850.00 Encargado de Estadística de Aeronaves 350.00 Ayudante de Estadística de Aeronaves 300.00 b) Personal: Sustanciador de Licencias de Personal 350.00 Sustanciador de Licencias de Personal 350.00 Examinador de Personal 350.00 Encargado de Estadística de Personal 350.00 Ayudante de Estadística de Personal 300.00 Sección de Ingeniería . Ingeniero Jefe 1.000.00 Inspector de Aeródromos 500.00 Inspector de Aeródromos 500.00 Dibujante Encargado de Mapoteca 400.00 Mecanotaquígrafa 200.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 337 de 1953