El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, que regirá desde su sanción, se considerara incluido en el Presupuesto de la actual vigencia.
Ley 107 de 1931 →Vigente
Artículo 2
Ley 107 de 1931 · POR LA CUAL SE RECONOCEN UNOS CRÉDITOS, SE DISPONE EL CORRESPONDIENTE PAGO Y SE DECRETA UN CONTRACRÉDITO Y UN CRÉDITO ADICIONAL A LA LEY DE APROPIACIONES DE LA VIGENCIA EN CURSO
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.