Una vez cerrado el primer debate, los Presidentes de las Comisiones de Presupuesto de las dos Cámaras legislativas, si no decidieren hacerlo ellos mismos, pasarán el proyecto a dos nuevos ponentes para su revisión e informe de cada uno para segundo debate, tanto en la Cámara de Representantes como en el Senado.
Decreto 294 de 1973 →Vigente
Artículo 56
Una Vez Cerrado El Primer Debate, Los Presidentes De Las Comisiones De Presupuesto De Las Dos Cámaras Legislativas, Si No Decidieren Hacerlo Ellos Mismos, Pasarán El Proyecto A Dos Nuevos Ponentes Para Su Revisión E Informe De Cada Uno Para Segundo Debate, Tanto En La Cámara De Representantes Como En El Senado
Decreto 294 de 1973 · Por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.