Micelio

Artículo 11

El Artículo 34 Del Decreto 1151 De 1989, Quedará Así: “artículo 34

Decreto 784 de 1990 · por el cual se modifican los Decretos 1151 y 1251 de 1989, reglamentarios del artículo 104 de la Ley 32 del 3 de febrero de 1986.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 34 del Decreto 1151 de 1989, quedará así: “Artículo 34. Destinación de las multas. Los dineros descontados por conceptos de multas a los miembros del Cuerpo de Custodia y Vigilancia Penitenciaria Nacional, serán depositados a favor del Fondo de Asistencia Social de Guardia. Mientras se provee a la creación de dicho Fondo, tales dineros serán depositados en Caja Especial del respectivo establecimiento carcelario”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 784 de 1990