Micelio

Artículo 2

Parágrafo

Decreto 18731006 de 1873 · Por el cual se asigna un tanto por ciento al espendedor de estampillas postales de la Administración anexa a la Dirección jeneral de correos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. único . Al empleado encargado de la venta de estampillas en la Administración anexa a la Dirección jeneral de correos nacionales se le abonará un tres por ciento sobre las ventas que efectúe de estampillas, cubiertas para certificado i patentes. Este gasto se imputará al Presupuesto nacional en curso, capitulo 6.º, artículo 2.°

Parágrafo

Esta asignación tendrá lugar desde 1.° de setiembre del presenté año.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 18731006 de 1873