Micelio

Artículo 7

º Pago De La Indemnización

Decreto 3042 de 1989 · Por el cual se reglamentan los artículos 3° de la Ley 16 de 1979 y 64 de la Ley 9ª de 1989.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Pago de la Indemnización. El asegurador podrá adelantar los trabajos de reparación por sus propios medios. La compañía de seguros pagará la indemnización correspondiente dentro de los sesenta (60) días hábiles siguientes a la fecha en que se presente la reclamación, aparejada de las pruebas a cerca de la ocurrencia del siniestro y de la cuantía de la pérdida.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3042 de 1989