° Las Administraciones de Hacienda Nacional, por conducto del Cajero Principal correspondiente, procederán a efectuar las ventas al por menor o al por mayor, de la edición de la Compilación del impuesto sobre la renta, Complementarios y adicionales, hasta, por la cantidad de 2.000 ejemplares, según los envíos que por orden de la Jefatura de Rentas se les hagan, al precio de seis pesos ($ 6.00) cada ejemplar, que la Administración abonará a la cuenta de Rentas, Ingresos no especificados del Presupuesto. De toda venta que se haga, el Cajero Principal expedirá un recibo standard al comprador, en el cual se hará constar la cantidad consignada y el número de ejemplares que se le hayan vendido.
Decreto 868 de 1951 →Vigente
Artículo 3
Las Administraciones De Hacienda Nacional, Por Conducto Del Cajero Principal Correspondiente, Procederán A Efectuar Las Ventas Al Por Menor O Al Por Mayor, De La Edición De La Compilación Del Impuesto Sobre La Renta, Complementarios Y Adicionales, Hasta, Por La Cantidad De 2
Decreto 868 de 1951 · Compilación del impuesto sobre la renta, complementarios y adicionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.