Micelio

Artículo 153

Se Prohíbe Fumar Dentro De Los Vehículos De Servicio Colectivo Urbano

Decreto 1344 de 1970 · Por el cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Se prohíbe fumar dentro de los vehículos de servicio colectivo urbano. En los vehículos de servicio colectivo intermunicipal o interdepartamental, solamente se permitirá fumado cuando se hayan tomado todas las medidas de seguridad e higiene necesarias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1344 de 1970