Artículo tercero. Para sueldos del personal, aumentación y gastos varios de la Escuela Normal de Rurales para Señoritas, de Roldanillo, se distribuyen las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así: a). Capítulo 94, artículo 1171. Sueldos en 12 meses, enero a diciembre: Mensual Total Directora $ 450.00 5.400.00 Secretaria-Habilitada 230.00 2.760.00 4 Profesoras internas-Directoras de Grupo, a $ 250.00 cada una 1.000.00 12.000.00 Directora de la Escuela Anexa 254.00 3.048 00 3 Profesoras de la Escuela Anexa a $ 200.00 cada una 600.00 7.200.00 Capellán-profesor 120.00 1.440.00 Dentista 80.00 960.00 Médico-Profesor 120.00 1.440.00 Profesor de Agricultura 100.00 1.200.00 Ecónoma 90.00 1.060.00 tributación que haga la Directora 350.15 4.321.92 Totales $ 3.504.16 42.049.92 b) Capítulo 94, artículo 1172. Alimentación en 10 meses, enero a julio y octubre a diciembre: De 40 alumnas becadas, a $ 42.00 cada una 1.680.00 10.800.00 De 14 empleadas internas, a $ 42.00 cada una 588.00 5.880.00 Del servicio de la Escuela Anexa 300.00 3.000.00 Sumas $ 2.768.00 27.680.00 Agosto a septiembre: Alimentación del personal que por razón de sus cargos debe permanecer en el plantel durante la época de vacaciones 160.00 320.00 Enero a diciembre: Servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, excursiones, reparaciones, dotación, jornales, imprevistos y demás gastos de la escuela en el año 1.000.00 12.000.00 Total $ 40.000.00
La partida de $ 3.00.00 que aporta el Departamento del valle según contrato de nacionalización, será distribuida por resoluciones del Ministerio, destinándola a cubrir los demás gastos de sostenimiento del plantel.