Artículo decimoctavo. Son funciones del Administrador
Responder ante el Director por el desarrollo de las labores propias de las dependencias que integran la Administración, y ante la Contraloría General de la República como empleado de manejo;
Dirigir las labores relacionadas con los servicios administrativos, generales y especiales, del Teatro
Coordinar can la Rama Administrativa del Ministerio de Educación Nacional todos los aspectos administrativos;
Elaborar el anteproyecto de presupuesto de la dependencia;
Manejar y responder por los "Fondos de Reserva" de acuerdo con las normas fiscales respectivas y llevar la correspondiente contabilidad;
Mantener al día los archivos e inventario del Teatro y responder por los muebles, enseres y demás elementos del mismo;
Llevar el registro de turnos de los actos y representaciones que hayan de tener lugar en el teatro;
Elaborar las nóminas de pago del personal que trabaja a jornal, y efectuar tales pagos con cargo a los Fondos de Reserva;
Recibir y evaluar los informes rendidos por sus subalternos, y presentar al Director, con copia para el Jefe de la Rama Administrativa, informes mensuales y semestrales de las actividades de la Administración y formular, si fuere el caso, sugerencias para su mejor funcionamiento;
Efectuar oportunamente las tramitaciones necesarias para facilitar a las personas contratantes el pago de sus obligaciones. Subsección I. Del Grupo de Servicios Generales.