En .los acuerdos de ordenación .de-gastos y antes de destinar partidas para erogaciones que puedan ser aplazadas, deberán incluirse en su orden: La tercera parte de los sueldos y/o gastos fijos dé la administración en él mes respectivo, en cuanto legalmente no se haya disminuido el costo del correspondiente servicio; la cuota correspondiente al servicio de la deuda pública; las cuotas que col-respondan al pago de contratos y pedidos que hayan sido objeto de certificados de reserva expedidos por la Auditoria; las participaciones a Tos municipios y corregimientos.
Los saldos no utilizados de las sumas aprobadas en el acuerdo de ordenación de gastos caducan al fin del periodo fiscal, para el cual se aprobó el respectivo acuerdo y no pueden utilizarse para periodos siguientes.