Micelio

Artículo 31

Decreto 2145 de 1992 · por el cual se reestructura el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 31 . División de Relaciones Especiales de Trabajo. - La División de Relaciones Especiales de Trabajo tendrá las siguientes funciones

1.

Identificar y analizar modalidades especiales de trabajo y proponer las reglamentaciones pertinentes;

2.

Preparar y adelantar campañas de divulgación de las normas legales que protegen las relaciones especiales de trabajo, tales como menores, trabajadores rurales, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio;

3.

Preparar y adelantar campañas de divulgación de las normas legales que protegen el trabajo del menor y del trabajo en el sector rural, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio;

4.

Participar y estimular los programas que instituciones públicas o privadas desarrollen en defensa del menor trabajador y de los trabajadores del sector rural;

5.

Auspiciar la aplicación de los convenios y acuerdos suscritos para la defensa de las relaciones especiales de trabajo, tales como los menores trabajadores, los trabajadores del sector rural, entre otros;

6.

Promover el cumplimiento de las normas y procedimientos para la efectiva protección del menor trabajador y de los trabajadores del sector rural;

7.

Orientar la labor de conciliación y atención en los conflictos laborales en que hagan parte menores trabajadores y/o trabajadores rurales, en los casos autorizados por la ley;

8.

Atender consultas sobre los derechos del menor trabajador y de los trabajadores del sector rural;

9.

Estudiar, en coordinación con entidades públicas o privadas las condiciones laborales de los trabajadores del campo y los menores trabajadores, y proponer los correctivos necesarios;

10.

Presentar a consideración de su superior inmediato, en el mes de diciembre de cada año, una evaluación relacionada con el cumplimiento de los objetivos propuestos y un programa anual de actividades a desarrollar por el área de su competencia, en el año inmediatamente siguiente, y

11.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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