Micelio

Artículo 157

Reserva De 1ª Clase De Suboficiales De La Armada

Decreto 2337 de 1971 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reserva de 1ª Clase de Suboficiales de la Armada. La reserva de Primera Clase de Suboficiales de la Armada. Nacional estará constituida por

a)

El personal efectivo de Suboficiales que se encuentre en situación de retiro, mientras no hubiere cumplido la edad de cincuenta y cinco (55) años y se encontrase en condiciones de aptitud física en el momento de convocatoria en caso de movilización;

b)

El personal de Suboficiales que curse estudios en las Escuelas Nacionales de Marina Mercante y los Alumnos de las Escuelas Navales de Formación que se hubieren retirado antes de terminar sus estudios y que posean el grado de Marineros de Reservas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2337 de 1971