Micelio

Artículo 1

Decreto 2521 de 1955 · Por el cual se hace una delegación a la Junta de las Empresas Públicas de Cartagena

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo primero. Delégase en la Junta Administradora de las. Empresas Públicas de Cartagena, la construcción de las obras a que se refieren la Ley de 1944 y el contrato celebrado entre el Gobierno Nacional y el Municipio de Cartagena, que consta en la escritura pública número 2891 de 1945,otorgada en la Notaría Tercera de Bogotá. La Junta podrá realizar tales obras mediante contrato o contratos.

Parágrafo

La interventoría de las obras y de los contratos la ejercerá en todo caso el Ministerio de Obras Públicas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2521 de 1955