Micelio

Artículo 81

Al Otorgar La Condena Condicional Deberá El Juez Imponer Las Obligaciones Inherentes A La Caución De Buena Conducta, De Que Trata El Artículo 55, Y La De Reparar, Dentro De Un Término Prudencial, Los Daños Ocasionados Por El Delito, Salvo El Caso De Que, Sea Imposible Cumplir Esta Obligación Dentro De Ese Término

Decreto 2300 de 1936 · Por el cual se adopta el texto definitivo del nuevo código Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Al otorgar la condena condicional deberá el Juez imponer las obligaciones inherentes a la caución de buena conducta, de que trata el artículo 55, y la de reparar, dentro de un término prudencial, los daños ocasionados por el delito, salvo el caso de que, sea imposible cumplir esta obligación dentro de ese término.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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