Micelio

Artículo 3

Decreto 18711231 de 1871 · Transitorio, adiciona al 1 de noviembre de 1870, orgánico de la instrucción pública

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3.° Los contratos que se celebren con el objeto de atender a la alimentacion de los maestros alumnos, deberán someterse a la aprobacion del Poder Ejecutivo nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 18711231 de 1871