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Artículo 60

Procedimiento Para La Evaluación De La Conformidad De Productos

Decreto 1471 de 2014 · por el cual se reorganiza el Subsistema Nacional de la Calidad y se modifica el Decreto 2269 de 1993.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Procedimiento para la evaluación de la conformidad de productos. El procedimiento para la evaluación de la conformidad dependerá de los niveles de riesgo contemplados en el reglamento técnico correspondiente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36 del presente decreto. Para tal efecto, el procedimiento de evaluación de la conformidad deberá señalar, por lo menos los siguientes elementos

1.

Condiciones, información mínima y disposición del etiquetado.

2.

Resultados de evaluación de la conformidad que se admiten.

3.

Esquemas de certificación de producto admisible y sus elementos, de acuerdo con lo establecido en la NTC-ISO/IEC 17067.

4.

Condiciones y competencia de los organismos de evaluación de la conformidad.

5.

Condiciones para la expedición y aceptación de certificados de conformidad, informes de inspección, de ensayo/prueba y de calibración.

6.

Condiciones para la emisión y utilización de la declaración de conformidad de primera parte.

7.

Referentes normativos válidos para la aceptación de resultados de evaluación de la conformidad.

8.

Equivalencia entre normas técnicas y equivalencia entre reglamentos técnicos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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